Una descripción general de TOPS de Doble
COMPOSICIÓN
Los aceites aislantes para aplicaciones generales analizados en esta especificación, se fabrican principalmente a partir de petróleos de base nafténica. Los destilados de estos petróleos se pueden refinar con ácido, tratar con hidrógeno, extraer o procesar con solventes mediante métodos de refinación adecuados para producir aceites aislantes minerales aceptables, que cumplan los requisitos de prueba en el punto de suministro.
Los aceites de petróleos parafínicos también se pueden analizar en esta especificación, con la excepción del rendimiento a bajas temperaturas. Es posible que se necesiten otros requisitos para estos productos para garantizar un funcionamiento correcto a bajas temperaturas.
ADITIVOS
Se debe identificar el uso de todos los aditivos. Un aditivo es una sustancia química adecuada que se agrega deliberadamente a un aceite aislante mineral, para mejorar ciertas características.
Estabilidad de oxidación
Los aceites no inhibidos no deben contener aditivos, naturales o sintéticos, que se usen para mejorar la estabilidad de oxidación. Esto incluye, entre otros, 2,6-di-terc-butilfenol, 2,6-di-terc-butil cresol y desactivadores de metales como benzotriazol y sus derivados.
Los aceites inhibidos son aceites aislantes complementados con 2,6-di-terc-butilfenol, 2,6-di-terc-butil cresol o cualquier otro inhibidor de oxidación aceptable y especificado. Si se usa un aditivo distinto a 2,6-di-terc-butilfenol o 2,6-di-terc-butil cresol, el comprador y el vendedor deben acordar los valores límites adecuados para las pruebas de estabilidad de oxidación (para los aceites tipo I o tipo II). Si se usa más de un aditivo, lo que garantice límites más estrictos de estabilidad de oxidación, se aplicarán los de los aceites tipo II.
Aditivos para rebajar el punto de fluidez, mejoradores de tendencia de gaseado, aditivos para azufre corrosivo y electrificación estática (pasivadores de metal) antiespumantes y otros aditivos:
Todos los aditivos se deben identificar de manera específica o como mínimo por clase de compuestos (como pasivador de metal), si la información específica es patentada.
PRODUCCIÓN Y ENVÍO
Los aceites aislantes analizados en esta especificación se deben producir a partir de petróleos comprobados mediante técnicas de refinación adecuadas, y ambos deben ser aprobados por el comprador. Después de dicha aprobación, no se debe realizar ningún cambio en el método de obtención, procesamiento o refinación del petróleo que provoque modificaciones importantes en las características del producto, sin la previa autorización por escrito del comprador.
Los contenedores de envío deben ser exclusivos para aceites de transformador nuevos. El comprador y el vendedor deben acordar el método y los contenedores de envío, los que no se deben modificar sin la previa aprobación del comprador.